La Personería Distrital de Medellín emitió Fallo Sancionatorio contra funcionarias de la EDU
Los hechos investigados ocurrieron en 2021
La Personería Distrital de Medellín, en ejercicio de sus funciones constitucionales, emitió decisión de primera instancia dentro del proceso adelantado en contra de dos trabajadoras oficiales de la Empresa de Desarrollo Urbano (EDU), tras comprobar la vulneración de normas legales en el procedimiento de vinculación laboral.
Con fundamento en las pruebas recaudadas y en aplicación de la Ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único, norma aplicable para la fecha de ocurrencia de los hechos y la Ley 1952 de 2019 Código General Disciplinario, se estableció que:
La señora Tatiana María Areiza Paniagua, en calidad de directora Administrativa y de Gestión Humana de la EDU, incurrió en la omisión de verificar los requisitos de experiencia exigidos para la contratación de un cargo de nivel profesional. Por tal motivo, se le impuso sanción de suspensión en el ejercicio del cargo por el término de cinco (5) meses. Por su parte la señora Lorena Álvarez Naranjo, vinculada como Profesional B de la EDU, suscribió contrato sin cumplir con el requisito reglamentario de experiencia mínima. En consecuencia, se le impuso sanción de suspensión en el ejercicio del cargo por el término de tres (3) meses.
El proceso disciplinario evidenció que, al momento de la suscripción del contrato de trabajo, la experiencia acreditada no cumplía con lo exigido por el manual específico de funciones, lo cual contravino los principios de legalidad, mérito y transparencia en el acceso a la función pública.
La Personería Distrital reitera que la función disciplinaria tiene como propósito garantizar el respeto a la Constitución y la ley, así como preservar la confianza ciudadana en la administración pública. Estas decisiones se adoptan en estricto apego al debido proceso, reafirmando el compromiso con la integridad y transparencia en el servicio público.
Fuente/ Personería de Medellín
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